Cancelación de Antecedentes Penales

Toda persona que haya sido condenado por sentencia firme, y que haya extinguido su responsabilidad penal, tiene el derecho de obtener del Ministerio de Justicia la cancelación de sus antecedentes, que consten en el Registro Central de Penados, en los plazos que marca la Ley.

Este trámite es de vital importancia, ya que, si no lo llevas a cabo, puede condicionar diferentes aspectos de tu vida, ya que es muy común, un claro ejemplo es el de los ciudadanos extranjeros, ya que se les puede solicitar el Certificado de Antecedentes Penales para la solicitud de una autorización de residencia.

¿Qué debo hacer para iniciar el trámite?

El primer paso es acudir a la Gerencia Territorial de Justicia y solicitar tu certificado de antecedentes penales, donde va a constar aquellas causas en los que hayas podido ser condenado, siempre que la Sentencia sea firme, y donde se te indicará si la pena se encuentra extinguida.

Este trámite lo puedes realizar de forma telemática si dispones de certificado digital, y previo abono de la tasa.

Los plazos de cancelación de antecedentes penales son de:

  • a) Para penas leves seis meses.
  • b) Para penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes será de dos años.
  • c) Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
  • d) Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
  • e) Diez años para las penas graves.

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES

Si precisas el certificado de antecedentes penales, para cualquier gestión, nuestros profesionales pueden acompañarle en la gestión de dicho trámite.

¿Qué documento necesitamos?

  • Poder General de Representación otorgado ante notario.
  • Copia compulsada de su DNI, NIE o Pasaporte.

 

Homologación de Títulos 

En los últimos años España se ha convertido en los últimos años en un destino para personas con alta formación dada la alta demanda de personal cualificado dentro de los diferentes sectores que configuran el tejido empresarial del país atractivo. 

Homologación de Título Universitario Extranjero en España.

Si tienes intención de desarrollar tu vida profesional en España, debes saber que existen tres maneras distintas de validar nuestro título o formación en España para que éstos sean plenamente reconocidos en el país, y estos son

  • la homologación. 
  • la equivalencia. 
  • la convalidación parcial. 

¿Cuál es la diferencia? ¿y para qué sirve cada uno?

Homologación 

La homologación es la convalidación oficial en España de un título de educación superior (o de ciertas asignaturas cursadas) obtenido en el extranjero. 

Es decir, el proceso mediante el cual las Autoridades Españolas por medio de su organismo competente, va a reconocer la titulación (ya sea carrera o grado, máster o postgrado, por ejemplo) que hemos cursado y obtenido en nuestro país de origen a un título oficial español. 

Y esto es así, porque es exigencia para poder ejercer en las profesiones reguladas en España; es decir, las que requieren unos conocimientos mínimos previos. Un ejemplo claro son los médicos, abogados, arquitectos o ingenieros. 

¿Cuáles son estas profesiones que requieren la homologación? 

Para ello debemos acudir al Anexo I del Real Decreto 967/2014 donde encontraremos el listado completo de profesiones que necesitan homologación, que son: 

  • Médico 
  • Veterinario 
  • Enfermero 
  • Fisioterapeuta 
  • Dentista 
  • Farmacéutico 
  • Logopeda 
  • Óptico-Optometrista 
  • Podólogo 
  • Terapeuta Ocupacional 
  • Dietista Nutricionista 
  • Psicólogo General Sanitario 
  • Ingeniero (de caminos, aeronáutico, industrial, etc.) 
  • Arquitecto 
  • Ingeniero Técnico (de obras públicas, aeronáutico, agrícola, naval, etc) 
  • Arquitecto Técnico 
  • Maestro en Educación Infantil 
  • Maestro en Educación Primaria 
  • Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas 
  • Abogado 
  • Procurador de los Tribunales 

Equivalencia

La equivalencia, por su parte, es el proceso por el cual las Autoridades Españolas directamente reconocen que el título obtenido en el país de origen es equiparable a uno en España, ya que es lo suficientemente eficaz y similar en cuanto a contenido, sin necesidad de cursar asignatura complementaria alguna. 

La equivalencia es necesaria para el resto de profesiones no reguladas, como los profesionales del marketing o contables; y que requieren como requisito mínimo en un proceso de selección dicha titulación. 

Convalidación parcial 

Este es recomendable para aquellos estudiantes extranjeros que han empezado su carrera o grado en el extranjero y desean finalizar la misma en España. 

En ese caso realizarán una convalidación parcial de las asignaturas que ya han completado, para poder finalizar las restantes en su nuevo país de residencia. 

El órgano competente aquí ya no es el Ministerio, sino que el trámite lo lleva a cabo la propia universidad de destino, que puede convalidar la totalidad de las asignaturas ya cursadas o únicamente hacerlo por las que considera que más se ajustan a su plan de estudios. 

El proceso suele ser mucho más rápido en este caso. 

¿Qué documentación debo reunir? 

  • Si es residente legal en España: Copia compulsada de su NIE. En caso contrario, copia compulsada del Pasaporte. 
  • Modelo de solicitud debidamente rellenado y firmado. 
  • Título/Diploma de grado o estudios, legalizado o apostillado ante la autoridad competente. Así, es imprescindible que los estudios extranjeros se hayan completado en su totalidad con éxito. 
  • Certificado académico en el que consten las asignaturas cursadas. Debidamente legalizado o apostillado. 
  • Cuando los estudios previos a los extranjeros se hayan realizado conforme al sistema educativo español, certificación académica oficial acreditativa de los mismos, o del libro de escolaridad o libro de calificaciones y/o del historial académico. Debidamente legalizado o apostillado. 
  • Acreditación competencia lingüística que demuestra que el extranjero tiene el suficiente conocimiento de la lengua como para desempeñar el cargo deseado. 

Si eres de un país en el que el idioma oficial no es el castellano, deberás aportar traducción jurada de todos los documentos. 

Finalmente, en caso de que el trámite vaya a ser realizado por un profesional designado, será necesario acompañar un poder de representación. 

Consideraciones previas 

El solicitante debe tener en cuenta que el organismo competente para el estudio del trámite solicitado, tras evaluar tu solicitud, decidirá si homologa toda la carrera o título, o únicamente convalida algunas asignaturas cursadas, y no la totalidad del programa que has realizado. 

La razón es sencilla, existen carreras en las que el contenido es homogéneo en prácticamente todos los países, como puede ocurrir con Medicina o Enfermería, y otros en los que el contenido varía enormemente, siendo el mejor ejemple de ellos la carrera de Derecho, por lo que no quedarían homologadas. 

¿Qué sucede entonces si no te homologan todo el título? 

En ese caso el Ministerio te solicitará una prueba que demuestre que verdaderamente tienes el conocimiento suficiente como para homologar la totalidad del título en España. 

Y eso se hace mediante una prueba de conjunto. Es decir, te pueden exigir: 

O bien que asistas a la universidad para que curses ciertas asignaturas no homologadas, pasando un examen final. 

O que directamente que prepares por tu cuenta un examen que realizarás en la universidad 

Finalmente debe ser consciente que hay ciertas carreras que, aunque se puedan cursar en otros países, en España no existen. La solución en estos casos será acudir al listado que tiene el propio Ministerio de Educación español, en el cual se recoge repertorio de carreras que se asemejan a la que hayas podido cursar, a fin de poder iniciar el proceso de convalidación. 

TASAS ADMINISTRATIVAS 

La tramitación del expediente administrativo conlleva el abono de unas Tasas, cuyo importe es de 166,50 Euros. 

Tiempo estimado de tramitación

Actualmente los plazos de resolución de los expedientes de convalidación pueden demorarse entre 1 año y medio y 2 años. 

Por su parte las convalidaciones parciales, realizadas ante la Universidad de destino suelen tardar entre 6 y 8 meses. 

Es preciso tener en cuenta estos plazos si desea trasladarse a España a residir y trabajar, prepararse alguna prueba específica, etc. Por lo que desde nuestro despacho os animamos a iniciar el proceso con bastante tiempo de antelación

Homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros no universitarios 

A través de este trámite se puede solicitar la homologación de títulos o la convalidación de estudios no universitarios obtenidos en el extranjero. 

Se dirige principalmente para aquellas personas que, una vez han finalizado sus estudios de secundaria o bachillerato en los países de origen, desean continuar con sus estudios en España, bien por la Universidad, bien finalizando Bachillerato o para acceder a un Grado/Formación Profesional de grado Medio o Superior. 

Si te has decidido, debes saber que existen dos maneras distintas de validar nuestro título o formación en España para que éstos sean plenamente reconocidos en el país, y estos son

  • la homologación. 
  • la convalidación. 

Requisitos 

Los títulos o estudios deben cumplir los siguientes requisitos para su homologación o convalidación: 

  • Que los estudios realizados y los títulos obtenidos tengan validez oficial en el sistema educativo del país al que correspondan.
  •  Si los estudios se han realizado en un centro extranjero ubicado en España, que dicho centro esté debidamente autorizado para impartir tales estudios por la Administración educativa española competente. 
  • Que el título avale unos estudios efectivamente superados conforme al sistema educativo del país que lo expide. No es aceptable, a efectos de su homologación en España, un título extranjero obtenido por homologación, convalidación o reconocimiento de otro título obtenido en un tercer país.
  •  Que exista suficiente equivalencia con los estudios o el título español de referencia, tanto a nivel académico, como en duración y contenido de los estudios requeridos. 
  • Que los estudios extranjeros estén totalmente superados en el sistema educativo del otro país. No procede la convalidación de asignaturas sueltas. Además, se exigirá la superación completa de todos y cada uno de los cursos anteriores al curso objeto de homologación o convalidación. 
  • Que el interesado no haya obtenido previamente en el sistema educativo español el mismo título o los mismos estudios cuya homologación o convalidación solicita. 
  • Los estudios realizados en sistemas educativos extranjeros por el alumnado procedente del sistema educativo español serán objeto de homologación al título español de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o al de Bachiller, siempre que haya aprobado tantos cursos correlativos y completos como le quedaran pendientes para terminar la Educación Secundaria Obligatoria o el Bachillerato, respectivamente. 
     

Títulos españoles a los que se pueden homologar o convalidar los estudios extranjeros: 

Educación Secundaria Obligatoria o Título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria 

Bachillerato Título de Bachiller 

Formación Profesional 

Enseñanzas artísticas profesionales 

  • Título Profesional de Música 
  • Título Profesional de Danza 
  • Título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño 
  • Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño 

Enseñanzas artísticas superiores 

  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Música, en la especialidad correspondiente 
  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Danza, en la especialidad correspondiente 
  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Arte Dramático, en la especialidad correspondiente 
  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, en la especialidad correspondiente
  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Artes Plásticas, en la especialidad de Cerámica o en la especialidad de Vidrio 
  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Diseño, en la especialidad correspondiente 
  • Títulos de Máster en Enseñanzas Artísticas homologados por este Ministerio 

Enseñanzas deportivas 

  • Título de Técnico Deportivo 
  • Título de Técnico Deportivo Superior 

Tiempo estimado de tramitación 

Actualmente los plazos de resolución de los expedientes de convalidación pueden demorarse de 3 a 9 meses. 

Es preciso tener en cuenta estos plazos si desea trasladarse a España para continuar con sus estudios o para residir y trabajar, prepararse alguna prueba específica, etc. Por lo que desde nuestro despacho os animamos a iniciar el proceso con bastante tiempo de antelación

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería, no olvide rellenar el formulario de consulta, y nuestro equipo de profesionales se pondrá en contacto con usted cuanto antes.

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